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v1.9.0.1
La suscripción del presente contrato, implicará, cuando procediere, la aplicación de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Así mismo, el comprador que se someta a las directrices de este contrato quedará protegido por las normas que regulan las condiciones generales de la contratación sin que ninguna de las estipulaciones contenidas en las siguientes cláusulas pueda limitar o afectar a sus derechos.
1.Formacion e Interpretación del contrato
a. (i) Todos los contratos suscritos por TRW Automotive Distribución España, S.L.,("la Compañía")una división de TRW Limited para el suministro de bienes y/o servicios del tipo detallado más abajo, se regirán exclusivamente por los términos y condiciones establecidos más adelante. Los Términos del contrato invalidarán cualquier otra propuesta previa, realizada oralmente o por escrito y cualesquiera otras condiciones ( excepto aquellas otorgadas a favor de un proveedor, siempre que no sean incompatibles con los términos del contrato), hayan sido o no mencionadas o aprobadas en cualquier otra orden de compra, suspensión u otro documento entregado o enviado a la Compañía por el Cliente. Cualquier referencia a pedidos, cancelaciones de pedidos, especificaciones o documentos análogos del Cliente, no implicará que cualesquiera condiciones referidas o mencionadas en tales órdenes, cancelaciones de pedidos, especificaciones o documentos similares puedan sustituir o modificar los Términos del contrato.
(ii) Los Términos del contrato solo se podrán modificar mediante acuerdo expreso con la Compañía, a través de un documento escrito firmado por el Director o el Secretario de la Compañía que se refiera específicamente a los términos y condiciones a modificar.
b. Cuando la Compañía proporcione mercancías y/o servicios a través de una orden de compra recibida del Cliente:
(i) La orden de compra, así como cada pedido concreto y cada cancelación estarán sometidas a los Términos del contrato.
(ii) Sin perjuicio del alcance general de cualesquiera otros Términos del contrato, la Compañía no incurrirá en ninguna responsabilidad frente al Cliente si ante cualquier rectificación por parte del mismo, la Compañía, por cualquier razón, no puede proporcionar mercancías y/o servicios de conformidad con los requerimientos del Cliente.
c. La formalización, interpretación, validez y perfección de todos los contratos estará regulada por la Ley Española y el Cliente se someterá a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales Españoles.
d. La nulidad, anulabilidad o imposibilidad de cumplimiento de cualquiera de las estipulaciones del presente contrato no afectará a las demás, las cuales desplegarán toda su eficacia con arreglo a Derecho.
e. Los encabezamientos que figuran en este documento no tienen otra finalidad que la meramente organizativa de su clausulado, sin eficacia interpretativa alguna. En los Términos del contrato, la frase "Responsabilidades en relación con" deberá ser interpretada como " todas las responsabilidades, pérdidas, daños, costes ( incluyendo los intereses legales y el IVA), gastos, acciones, reclamaciones, procedimientos y demandas que directa o indirectamente pudieran surgir".
f. Cualquier presupuesto dado por la Compañía, estará basado en el hecho de que el contrato no será eficaz hasta que la Compañía emita un acuse de recibo de la recepción del encargo del Cliente. Los presupuestos tendrán un período de validez de treinta días desde su emisión ( a no ser que en el presupuesto se fije un período más amplio), siempre que la Compañía no se haya retractado previamente.
g. A falta de acuse de recibo específico, los pedidos presentados por el Cliente se considerarán aceptados por la Compañía transcurrido el plazo de 21 días desde su recepción , a menos que sean específicamente rechazados.
h. El Cliente será responsable de la exactitud de los términos de cualquier pedido realizado a la Compañía y de proporcionar a la Compañía cualquier información relativa a los bienes y/o servicios con la antelación suficiente para permitir a la misma ejecutar el contrato en conformidad con los términos del mismo.
i. Una vez que se entienda perfeccionado el contrato, el Cliente no podrá cancelar injustificadamente ningún pedido salvo autorización expresa y por escrito de la Compañía, debiendo en ese caso el Cliente indemnizar a la Compañía por todas las pérdidas (incluidas las pérdidas de beneficios), costes (incluyendo los costes de toda la mano de obra y materiales utilizados o contratados), daños, cargas, y gastos en que haya incurrido la Compañía como consecuencia de la cancelación del pedido. Todo ello sin perjuicio del derecho de desistimiento del contrato que corresponde al Cliente y que podrá ejercitar en los siete días posteriores a la recepción de la mercancía, debiendo satisfacer los gastos directos de devolución, y en su caso, indemnizar cualquier desperfecto que se haya producido en la mercancía.
2. Precios
Salvo acuerdo en contrario, celebrado por escrito entre ambas partes, las condiciones del precio de los pedidos son las siguientes:
a. El precio establecido en la factura es el precio neto de los bienes y/o servicios por cada entrega concreta, de acuerdo con lo acordado en el contrato (una vez practicado cualquier descuento que pudiera proceder). El precio así fijado sustituye y reemplaza cualesquiera menciones previas, orales o por escrito, relacionadas con el mismo.
b. En el precio está excluido el IVA y cualquier otro impuesto o tasa. Estos serán abonados por el Cliente de modo adicional al precio, de acuerdo con los tipos y en la forma establecida por la ley aplicable.
c. La Compañía puede, sin necesidad de previo aviso, ajustar el precio estipulado, para adaptarlo a cualquier cambio en las especificaciones, practicado por la Compañía a requerimiento del Cliente y aceptadas por aquélla, o ajustarlo en virtud de cualquier retraso que se haya producido como consecuencia del seguimiento por la Compañía de las instrucciones dadas a ésta por el Cliente, o cuando exista retraso por parte del Cliente en las instrucciones o informaciones que deba facilitar a la Compañía.
d. Los precios que se facturen serán los vigentes a la fecha de recepción del pedido o de cancelación de envíos efectuados mediante orden en blanco.
3. Pago
a. La Compañía estará facultada para facturar al Cliente el precio de los bienes y/o servicios tanto en el momento de la entrega total de los bienes o la prestación de los servicios (o en su caso, en cada una de las entregas de bienes o servicios, que se haya acordado realizar en varios plazos), como en un momento posterior, a no ser que el Cliente no se haga cargo de los bienes o no acepte la prestación de los servicios (o, en su caso, de alguno de los plazos acordados), en cuyo caso la Compañía podrá pasar la factura al Cliente en cualquier momento posterior a aquél en que le haya notificado que los bienes están a su disposición y/o los servicios preparados para ser prestados.
b. A menos que se especifique de otro modo, expresamente y por escrito, los precios serán hechos efectivos en la dirección o cuenta bancaria designada por la Compañía, en Pesetas/Euros, con cargo a fondos que estén inmediatamente disponibles, dentro de mes siguiente a aquél en que se emita la factura por la Compañía. El pago mediante cheque u otro instrumento negociable no será efectivo hasta que se acredite en la cuenta bancaria de la Compañía el ingreso del importe debido. A no ser que sea especificado de otro modo, expresamente y por escrito, cuando las mercancías y/o servicios deban ser suministradas fuera de España, el Cliente deberá abrir y mantener a favor de la Compañía un crédito documentario abierto e irrevocable, en idioma español, en un banco español, pagable, a efectos de cobro, a la presentación al banco por la Compañía de una copia certificada de la factura emitida por la Compañía al Cliente. Esta carta de crédito deberá abrirse al menos treinta días antes de la fecha prevista para la entrega de los bienes y/o la prestación de los servicios y deberá cubrir el precio completo de los bienes y/o servicios (incluyendo los impuestos que sean de aplicación) y deberá ser divisible. Todos los gastos relacionados con la apertura y mantenimiento de la carta de crédito serán de cuenta del Cliente.
c. La fecha establecida para el pago del precio constituye un elemento esencial del presente contrato. Si el Cliente no realiza el pago completo en el momento especificado (sin perjuicio de cualquier otro derecho de la Compañía), deberá satisfacer a la Compañía los intereses sobre la cantidad debida a un tipo del 4% anual, calculado desde la fecha establecida para el pago hasta el momento de la realización efectiva del mismo, sin perjuicio (en cuanto obligación separada y continua) de cualquier otra penalización o indemnización por daños y perjuicios que pudiera proceder.
d. Cualquier gasto relativo a transporte, empaquetado, y otros conceptos facturados separadamente del precio deberá ser satisfecho por el Cliente en el momento de abonar el precio. Las condiciones relativas al pago del precio serán también aplicables al pago de dichos gastos.
e. Siempre que el Cliente no haya señalado, en el momento del pago, a qué bien o servicio suministrado debe aplicarse el pago realizado, la Compañía podrá, en cualquier momento y a su libre discreción, asignar cualquier pago hecho por el Cliente a cualquiera de los bienes y servicios suministrados.
4. Expedición y entrega
a. Se entenderá que la Compañía ha cumplido su obligación de entrega mediante la puesta a disposición del Cliente de los bienes o servicios en el lugar acordado. En el caso de no haberse acordado el lugar de la entrega, mediante la puesta a disposición del Cliente de los bienes y servicios en las instalaciones de la Compañía para ser recogidas en horario de oficina, una vez que la Compañía haya notificado al Cliente que los bienes se encuentran a su disposición. Todo ello se entiende con sujeción a lo previsto en la presente cláusula.
b. La Compañía empleará la máxima diligencia en el cumplimiento de su obligación de entrega en el plazo acordado. En el caso de no haberse pactado plazo, la entrega tendrá lugar dentro de los treinta días a la recepción por la Compañía del pedido hecho por el Cliente.
c. Salvo pacto expreso en contrario, la entrega de los bienes y servicios fuera de España, tendrá lugar en las instalaciones del Cliente, sin cargo adicional. Todas las órdenes para suministrar bienes o servicios fuera de España, a menos que se especifique otra cosa, serán entregadas Free on Board (FOB) España, expresión que deberá ser entendida en el sentido asignado por los Incoterms 2000 de la Cámara de Comercio internacional.
d. Cuando la forma de entrega expresada por escrito, sea susceptible de subsumirse en alguno de las formas de entrega definidos por Incoterms 2000, la entrega y el traspaso del riesgo de los bienes se harán efectivos de acuerdo con lo establecido en los citados Incoterms 2000. Dicha normativa establece que si un contrato es calificado como FOB o CIF, el riego de perdida o daño de las mercancías se trasladará al Cliente cuando estas hayan sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Sin embargo, el traspaso del título y las demás condiciones del contrato se regirán por los Términos del Contrato. No obstante, el traspaso del título de propiedad y otros términos contractuales, estará regido por los Términos del contrato.
Cuando el método de entrega no pueda referenciarse a lo establecido en los Incoterms 2000, el riesgo de pérdida o daño en los bienes y servicios pasará al Cliente en los siguientes términos:
(i) En los bienes y servicios que deban ser entregados en las instalaciones de la Compañía, desde el momento en que la Compañía comunique al Cliente que los mismos están a su disposición.
(ii) En el caso de los bienes y servicios que deban ser entregados en lugar distinto a las instalaciones de la Compañía, en el momento de la entrega, o si el Cliente no procede a su recepción, en el momento en que la Compañía haya puesto a disposición del Cliente los bienes y servicios.
e. En el caso de mercancías que deban ser entregadas fuera de España, el Cliente, si así lo desea, podrá inspeccionar y comprobar las mercancías en las instalaciones de la Compañía antes de que se realice el envío. Si las mercancías son inspeccionadas, la Compañía quedará exonerada de cualquier responsabilidad ante cualquier reclamación realizada después del envío respecto a defectos de las mercancías que resulten aparentes en una inspección.
f. En la contratación de los seguros de transporte y/o los seguros de los bienes en tránsito, la Compañía actuará únicamente como comisionista del Cliente.
g. Cuando cualesquiera servicios prestados por la Compañía entrañen una situación de riesgo para los bienes del Cliente, de cualquier naturaleza (incluyendo las "mercancías" conforme a este contrato), dichos riesgos y los eventuales daños o perjuicios que de ellos pudieran derivar, serán asumidos en su integridad por el propio Cliente.
h. Cuando la entrega de los bienes deba tener lugar en las instalaciones de la Compañía o éstos deban ser enviados al Cliente, la Compañía notificará al Cliente la fecha prevista de entrega. En todo caso, si los bienes recibidos estuviesen dañados o incompletos, el Cliente deberá notificar a la Compañía por escrito, en un plazo de siete días desde la entrega en el caso de pedidos domésticos, y veintiocho días desde la entrega en el caso de pedidos de suministro de bienes y/o servicios fuera de España, permitiendo a la Compañía la inspección de los bienes recibidos por el Cliente. En otro caso, la Compañía quedará exonerada de toda responsabilidad por los defectos que no le hayan sido oportunamente notificados, y que no haya tenido la oportunidad de inspeccionar. Ninguna reclamación por falta de entrega será válida a menos que el Cliente notifique a la Compañía por escrito, dentro de un plazo de diez días de la fecha prevista de entrega en el caso de pedido para el suministro de bienes y/o servicios fuera de España, y siete días de la fecha de entrega prevista en el caso de pedidos domésticos, en ambos casos desde la fecha de despacho de los bienes y servicios. Cualquier reclamación por entrega incompleta o falta de entrega también deberá ser notificada al transportista por el Cliente de manera apropiada y dentro del límite de tiempo apropiado establecido por los términos y condiciones del transportista. El incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones de aviso contempladas en esta cláusula, equivaldrá a la renuncia a toda reclamación relativa a la entrega. Si la Compañía suministra una cantidad inferior que la exacta de los bienes pedidos, y el Cliente acepta la entrega parcial, quedará consumada la venta en cuanto a los géneros recibidos, pudiendo optar el Cliente por exigir por el resto el cumplimiento del contrato debiendo en este caso la Compañía proceder a la provisión en cuanto sea posible de bienes similares para sustituir los bienes que no ha entregado, o a su resolución, en cuyo caso se procederá al prorrateo del precio de los bienes entregados, a menos que la falta sea debida a causa imputable al Cliente o fuera del control razonable de la Compañía en cuyo caso no existirá tal variación en el precio.
i. Si el Cliente cancela, prorroga o retrasa unilateralmente la conclusión del contrato o parte del mismo, o no acepta la entrega de cualquier bien y/o la prestación de cualquier servicio proporcionado en el tiempo acordado (si lo hubiere) o en el plazo de treinta días si no se hubiera pactado plazo, el Cliente será responsable (sin perjuicio de otros derechos de la Compañía contemplados en el presente contrato, como la reclamación de daños o venta de los bienes a otros Clientes) de indemnizar contra cualquier pérdida, daño o gasto resultantes en que incurra la Compañía en conexión con el suministro o falta de suministro de bienes y/o servicios incluyendo el coste de cualquier material, planta o herramienta utilizada o que se pretenda utilizar y el coste de mano de obra, así como cualquier pérdida de beneficio que pudiera derivar de tal actuación.
j. La Compañía podrá entregar los bienes a plazos y/o prestar los servicios en fases teniendo derecho al cobro de todos los plazos de bienes y/o servicios. Sin perjuicio de las otras estipulaciones aquí establecidas, ningún error o defecto de entrega en relación con un contrato o plazo pactado concreto permitirá al Cliente rechazar, cancelar o resolver cualquier otro contrato o plazo pactado.
k. A falta de acuerdo escrito en contrario, no se practicará ninguna devolución de los cargos realizado en concepto de empaquetado excepto en el caso de pallets o contenedores reutilizables (específicamente designados como tales), por cuya utilización se cobrará al Cliente el importe correspondiente y deberán ser devueltos a la Compañía en buenas condiciones que permitan su reutilización, para lo cual se proporcionarán al Cliente los fondos necesarios.
l. Si el Cliente dificulta la entrega o rechaza la recepción de bienes (incluyendo cualquier bien del Cliente en posesión de la Compañía) cuando estén preparados para ser entregados, la Compañía tendrá la opción de almacenarlos por su cuenta o hacer que terceras partes los almacenen en términos que la Compañía juzgue apropiados. En cualquier caso el coste de almacenamiento será de la exclusiva cuenta del Cliente y en todo caso en que el almacenamiento sea llevado a cabo por la Compañía, dichos costes serán cargados de acuerdo con las tarifas de almacenamiento vigentes en ese momento. El coste junto con cualquier seguro adicional o cargos de doble manejo serán agregados y formarán parte del precio de los bienes y/o servicios pagaderos por el Cliente.
5. Propiedad
a. En esta cláusula 5º, el término "los Bienes" deberá ser interpretado como "los bienes, mercancías y servicios suministrados por la Compañía bajo los Términos del contrato".
b. La propiedad de los Bienes no pasará al Cliente hasta que:
(i) El precio de la compra de los Bienes sea satisfecho en su totalidad , y
(ii) El Cliente haya satisfecho el total pago a la Compañía de cualquier cantidad que se encuentre pendiente a la fecha de celebración del contrato o que resulte debida posteriormente por el Cliente a la Compañía.
c. Hasta que la propiedad de los Bienes haya pasado al Cliente, o hasta que se haya realizado la entrega a un tercero, una vez obtenida la autorización de la Compañía de acuerdo con los términos referidos más adelante, el Cliente conservará los Bienes en calidad de depositario, no pudiendo eliminar ninguna marca de identificación de los bienes, ni modificar su empaquetado, debiendo mantener los bienes separados de otros bienes.
d. Con carácter previo a que se produzca la transmisión de la propiedad de los Bienes al Cliente, la Compañía podrá autorizar a éste a entregar la posesión de los Bienes a un tercero, en virtud de un acuerdo de reventa que en todo caso quedará expresamente vinculado a la vigencia y total cumplimiento del presente contrato suscrito entre la Compañía y el Cliente.
e. Cuando la Compañía no pueda determinar con exactitud si determinados bienes son o no los Bienes (bienes y servicios suministrados por la Compañía en virtud de este contrato), el Cliente asumirá haber vendido todos los bienes de la clase vendida por la Compañía al Cliente en el orden en que fueron facturados.
f. (i) La Compañía puede, en cualquier momento después del vencimiento del plazo de pago de los Bienes, sin que el mismo se haya producido, recuperar los Bienes (lo que, para evitar dudas, incluirá la parada y recuperación de los bienes en tránsito). El Cliente deberá adoptar todas las medidas precisas para procurar la recuperación por la Compañía de los Bienes no pagados, autorizando, cuando sea necesario, la entrada en sus instalaciones y permitiendo que los empleados o agentes de la Compañía retiren los Bienes, o los desmonten de cualquier elemento al que puedan estar conectados;
(ii) Si antes del plazo de 7 días desde la fecha en la que la Compañía ha recuperado los Bienes, el Cliente satisfaciera todas las sumas vencidas o debidas a la Compañía junto con los gastos derivados de la recuperación de los Bienes, la Compañía entregará de nuevo los Bienes, siendo los gastos que origine la nueva entrega de cuenta de Cliente. Si en un período de 7 días el Cliente no paga todas las sumas vencidas o debidas a la Compañía, la Compañía podrá comercializar de nuevo los Bienes, abonando al Cliente el remanente del precio obtenido con esta nueva venta, después de deducir de este exceso todas las sumas vencidas o debidas por parte del Cliente a la Compañía y los costes de la recuperación y nueva comercialización de los Bienes, excepto en el supuesto de que las sumas recibidas por la Compañía no excedan de las sumas vencidas o debidas por parte del Cliente a la Compañía y los costes de recuperación y reventa de los Bienes, en cuyo caso el Cliente deberá pagar a la Compañía la diferencia correspondiente.
g. La Compañía podrá mantener las acciones legales oportunas contra el Cliente, en relación con el pago del precio, cuando los bienes estén en posesión del Cliente, aunque la propiedad de los Bienes no haya sido transmitida.
h. El Cliente no ostentará, en virtud de este contrato, la condición de agente de la Compañía en relación a la posibilidad de venta de los bienes a un tercero, ni se considera otorgada al Cliente ninguna facultad de actuación que pueda suponer el otorgamiento a terceros de algún derecho respecto de la Compañía.
6. Especificaciones, Descripciones, Diseños y Propiedad Intelectual
a. La Compañía se reserva el derecho de realizar en las especificaciones de cualquier bien y/o servicio, aquéllos cambios que sean necesarios para su adecuación a la normativa vigente en materia de seguridad, y en general, para procurar la conformidad de los bienes con las exigencias establecidas por las normas aplicables. En todo caso, no se considerará como violación de los términos del contrato, ni implicará responsabilidad para la Compañía, ninguna variación en la especificación o diseño de cualquier bien y/o servicio que no afecte a la aptitud de los bienes y/o servicios para el propósito para los que fueron suministrados por la Compañía.
En el supuesto de que se trate de bienes fabricados y/o de servicios realizados de acuerdo con las instrucciones, diseños y especificaciones proporcionados por el Cliente, o en el caso de que los bienes y/o servicios estándares de la Compañía fueran alterados de conformidad con las instrucciones suministradas por el Cliente, la responsabilidad quedará limitada de la siguiente forma:
(i) La Compañía no garantizará y, en general, no se responsabilizará de la factibilidad, eficacia y seguridad de los bienes y/o servicios fabricados, suministrados y realizados.
(ii) El Cliente se compromete a mantener indemne a la Compañía en relación con cualquier responsabilidad que pueda surgir en los siguientes supuestos:
1) cuando dichos bienes y/o servicios puedan implicar una vulneración de derechos de propiedad industrial o intelectual, de acuerdo con la protección otorgada a tales derechos por la normativa aplicable.
2) en el supuesto de que se produzca alguna imposibilidad de aplicación práctica, ineficacia o falta de seguridad u otro defecto de que adolezcan los bienes y/o servicios, cuando tales defectos se deban, total o parcialmente, a faltas u omisiones en la información, dibujos, diseños, especificaciones o instrucciones suministradas a la Compañía por el Cliente.
En todo caso, salvo acuerdo por escrito entre ambas partes, la Compañía no podrá ser obligada a suministrar bienes y/o servicios de acuerdo con cualquier especificación, información, dibujos, instrucciones o muestras proporcionadas por el Cliente.
b. Todos los dibujos, modelos, diseños, imágenes, símbolos, y otros elementos que configuren las marcas, rótulos, nombres comerciales, modelos de utilidad, así como derechos de autor, que correspondan a la Compañía, y, en general, todos los derechos de propiedad industrial o intelectual pertenecerán exclusivamente a la Compañía, y deberán ser restituidos por el Cliente que los tenga en su posesión si la Compañía lo reclamase. Todas las patentes, marcas, rótulos, modelos de utilidad, conocimientos técnicos, diseños, dibujos, muestras y en general todos los derechos de propiedad industrial, así como derechos de propiedad intelectual , relacionados con bienes y/o servicios, su desarrollo o creación, permanecerán en propiedad de la Compañía, serán tratados como confidenciales y no deben ser copiados, reproducidos o publicados por terceros sin la autorización previa de la Compañía otorgada por escrito. Corresponderán a la Compañía todas las acciones que las Leyes le atribuyan en relación con la defensa de la propiedad industrial e intelectual.
c. La Compañía no otorga en virtud de este contrato ningún derecho , autorización o licencia al Cliente sobre ninguna patente, diseño registrado, derecho de autor, o cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual, ni se otorga por la Compañía al Cliente ninguna opción sobre la adquisición de tales derechos, sin perjuicio del derecho del Cliente a utilizar y revender los bienes, en los términos del presente contrato, o utilizar servicios proporcionados en el curso normal de los negocios del Cliente.
d. El Cliente no tendrá derecho, sin previa autorización por escrito de la Compañía, a realizar o permitir realizar el borrado, tachado u omisión de marcas de la Compañía y en general cualesquiera figuras, palabras o signos que configuren diseños o marcas aplicadas a los bienes y servicios. Tampoco podrá el Cliente, sin autorización por escrito de la Compañía, añadir palabras, figuras, símbolos u otros signos adicionales.
7. Garantía
a. En el caso de que durante la vigencia del Período de Garantía (determinado más adelante) cualquier bien o servicio suministrado por la Compañía fueran encontrados defectuosos por causa de los materiales o la mano de obra, y siempre y cuando el Cliente haya informado de la existencia del defecto a la Compañía una vez descubierto, una vez inspeccionados los mismos por la Compañía, y verificado el defecto por ésta, y siempre que tales bienes y servicios hubieran estado bajo uso normal, habiendo sido el bien o servicio debidamente instalado y conectado, la Compañía, podrá optar, en relación con la obligación de reparación que le corresponda, bien por liberar al Cliente de los gastos de reparación, o bien por reemplazar dichos bienes o realizar de nuevo los servicios defectuosos, pudiendo ser devueltos por el Cliente a portes pagados. Si la reparación no fuera satisfactoria y el bien o servicio no revistiese las condiciones óptimas para cumplir el uso a que estuviere destinado, el titular de la garantía tendrá derecho a la sustitución del objeto adquirido por otro de idénticas características o a la devolución del precio pagado. La Compañía no será responsable, en virtud de esta garantía, de cualquier defecto en los bienes y servicios cuando hayan sido alterados, rallados o eliminados los números de serie o cualquier otro medio de identificación , así como cuando los bienes (incluyendo los bienes en los que se han realizado servicios) no hayan sido mantenidos adecuadamente de acuerdo con el procedimiento de mantenimiento recomendado por la Compañía, o hayan sido objeto de mala utilización, reparación no autorizada, sustitución, modificación o alteración. Esta garantía tampoco será aplicable si el Cliente ha violado los términos de este contrato (incluyendo el incumplimiento de la obligación de realizar cualquier pago debido a la Compañía).
b. Salvo que se pacte otra cosa por escrito, el Período de Garantía mencionado anteriormente para los bienes y servicios objeto del presente contrato, será de un año desde la fecha de recepción del bien o servicio para su utilización inicial o puesta en marcha. Siempre y cuando cualquier parte sea reparada o sustituida por la Compañía de acuerdo con lo establecido en el apartado 7 a) del presente contrato, el periodo de garantía aplicable a dicha parte reparada o sustituida será la parte no vencida del período durante el cual la parte que se ha reparado o sustituido habría realizado su función.
c. En los casos en que la Compañía recomienda la utilización de fluidos, materiales y otros accesorios concretos en los bienes (incluyendo bienes en los que se han realizado servicios), la garantía establecida no será aplicable a cualquier bien o servicio en que se hayan utilizado otros fluidos, materiales o accesorios distintos de los recomendados. Y en ningún caso la Compañía se hará responsable de los defectos que puedan existir en tales fluidos, materiales o accesorios. En todo caso, tampoco se hará responsable a la Compañía de los defectos ocasionados por la utilización por parte del Cliente de dichos fluidos, materiales o accesorios, cuando éstos fueren defectuosos.
d. El Cliente se compromete a mantener indemne a la Compañía respecto de cualesquiera reclamaciones o indemnizaciones exigidas por terceros frente a la Compañía, por causa de daños causados por bienes del Cliente a los que se les hayan podido incorporar bienes o servicios suministrados por la propia Compañía.
El Cliente deberá notificar acto seguido a la Compañía la existencia de cualquier clase de reclamación de dicha índole, pudiendo la Compañía por su cuenta llevar a cabo cualquier negociación o iniciar o continuar cualquier procedimiento que surja de dicha reclamación. Todos los gastos derivados de estas reclamaciones serán a costa del Cliente.
e. La garantía contenida en esta cláusula no será aplicable a los bienes y servicios suministrados por la Compañía que consistan en muestras , prototipos o bienes o servicios suministrados con propósitos de prueba o evacuativos. En estas circunstancias, la única obligación de la Compañía será la de esforzarse en suministrar bienes y/o servicios de acuerdo con cualquier especificación, criterio de rendimiento o dibujos acordados con el Cliente, siempre y cuando sea razonablemente practicable, todo ello sin perjuicio de las limitaciones y exclusiones de fiabilidad contenidas en las cláusulas del presente contrato.
8. Limitación y Exclusión de Responsabilidades
a. Las obligaciones y responsabilidades de la Compañía para con el Cliente por razón del presente contrato estarán limitadas a:
(i) las expresadas en el presente contrato;
(ii) las establecidas en las leyes que regulan el Comercio Minorista;
(iii) las responsabilidades civiles y penales en relación con los daños causados en las personas y en las cosas, establecidas en la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios, y en los correspondientes artículos del Código Penal;
(iv) las establecidas en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, así como las normas aplicables a este contrato contenidas en el Código Civil y Código de Comercio;
(v) las normas que regulan la responsabilidad por productos defectuosos, así como las relativas a la venta sobre muestras y la venta hecha a calidad de ensayo o prueba.
b. Sin perjuicio de lo dispuesto en la letra a), quedan expresamente excluidas cualesquiera otras responsabilidades, garantías y obligaciones y condiciones que surjan de manera explícita o implícita que no sean las establecidas en las leyes aplicables mencionadas .
c. En particular, y sin perjuicio de lo dispuesto en las letras a) y b):
(i) El Cliente no ostentará otra garantía relacionada con los bienes o servicios suministrados, distinta de las que hayan sido otorgadas expresamente por escrito por la Compañía. Si existe cualquier error tipográfico o de otra índole, de omisión en cualquier oferta, lista de precios, aceptación de oferta, facturación u otro documento emitido por la Compañía, deberá ser sometido a corrección, sin que ello implique ninguna responsabilidad para la Compañía;
(ii) El Cliente carece de poder o facultad alguna de representación para vincular de ningún modo a la Compañía o para asumir en nombre de la Compañía cualquier obligación explícita o implícita;
(iii) Cuando se hayan fabricado bienes o realizado servicios de acuerdo con el diseño proporcionado por el Cliente a la Compañía, y de acuerdo con las condiciones relativas a su rendimiento establecidas por el Cliente, el Cliente mantendrá indemne a la Compañía respecto de cualquier reclamación relacionada con el diseño proporcionado por el Cliente o con las condiciones de rendimiento, en su caso.
(iv) En el caso de que la Compañía haya suministrado por la al Cliente muestras, pruebas o prototipos de bienes o servicios, la Compañía no será responsable de la inadecuada utilización por el Cliente de ninguno de ellos.
d. Ningún dibujo, materia descriptiva, pesos, dimensiones o especificaciones de envío emitidas por la Compañía o el fabricante de los bienes y/o proveedor de servicios, ni las descripciones e ilustraciones contenidas en los catálogos de la Compañía o el fabricante, listas de precios u otro material promocional, formará parte del contrato ni será considerado como garantía o representación relacionada con los bienes y/o servicios, a menos que así se acuerde expresamente por escrito por ambas partes. A falta de este acuerdo, tendrán carácter y eficacia meramente indicativos, de acuerdo con su respectiva naturaleza.
9. Mala utilización de los Bienes
a. La Compañía quedará exenta de cualquier responsabilidad que derive de una inadecuada utilización, por el Cliente o por terceros, de los bienes y servicios suministrados, entendiéndose por inadecuada utilización aquélla que no se ajuste estrictamente a las instrucciones establecidas por la Compañía, así como el hecho de destinar los bienes y servicios a un fin distinto de aquél para el que fueron fabricados y suministrados.
b. El Cliente acuerda con la Compañía:
(i) que se familiarizará y ajustará su actuación, en relación con los bienes y servicios que haya adquirido de la Compañía, a los requisitos exigidos por las autoridades relevantes gubernamentales y judiciales y demás cuerpos o corporaciones relacionados con los bienes y/o servicios y con las aplicaciones que puedan darse a los bienes y/o servicios;
(ii) que en todo momento en que los bienes se encuentren bajo su posesión o bajo su control cumplirá dichos requisitos;
(iii) que procurará que cualquier adquirente de bienes y servicios, o parte de los mismos, que hayan sido previamente adquiridos por el Cliente a la Compañía, se familiarice con ellos, y que cumpla dichos requisitos;
(iv) que la Compañía quedará exenta de responsabilidad, y en su caso el Cliente indemnizará a ésta por los daños y perjuicios causados, por cualquier responsabilidad derivada de la violación por el Cliente o por terceros de cualquiera de estos requisitos.
10. Fuerza Mayor
La Compañía utilizará todos los medios razonables a su alcance para cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato. No obstante, cuando como consecuencia de un acontecimiento imprevisto o inevitable la Compañía no pudiese cumplir con su obligación de suministro de los bienes o servicios, la Compañía lo hará saber por escrito al Cliente, quedando resuelto el presente contrato, o en su caso, suspendido hasta la desaparición del acontecimiento imprevisto o inevitable. En todo caso, la suspensión o resolución no afectará a las cantidades pendientes de pago por parte del Cliente, respecto de los bienes y servicios suministrados por la Compañía con anterioridad a la resolución o suspensión.
11. Cesión
a. El Cliente no cederá a tercero ninguno de los derechos derivados del presente contrato sin el previo consentimiento escrito de la Compañía.
b. La Compañía tendrá derecho a subcontratar con un tercero las prestaciones derivadas del presente contrato, o ceder a un tercero derechos derivados del mismo, previa notificación al Cliente.
c. La Compañía podrá cumplir sus obligaciones y ejercitar sus derechos derivados del presente contrato bien por sí sola, o conjuntamente o a través de cualquier Compañía o Compañías controladoras, controladas o que se hallen sometidas a un mismo control que la Compañía.
12. Incumplimiento del contrato
La Compañía quedará facultada para resolver el contrato en cualquiera de los siguientes supuestos:
a. La falta de pago por el Cliente del precio convenido, y en general, el incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones contraídas con la Compañía en virtud de este contrato.
b. Que el Cliente sea declarado insolvente, o en quiebra, suspensión de pagos, concurso de acreedores, la pérdida de su condición de comerciante
c. El inicio de cualquiera de las siguientes situaciones:
(i) solicitud de quiebra o suspensión de pagos del Cliente, o concurso de acreedores, si el Cliente es deudor civil, o
(ii) la iniciación de cualquier procedimiento civil o administrativo que afecte al patrimonio del Cliente; o
(iii) embargo o proceso de ejecución contra los bienes del Cliente; o
(iv) recuperación de los bienes que se encuentren en posesión del Cliente bajo cualquier acuerdo
(v) disolución de la sociedad, extinción de la personalidad jurídica del Cliente.
d. Tanto si el Cliente es socio único como si forma parte de una sociedad, el fallecimiento o la quiebra de él o de cualquiera de sus socios.
e. La concurrencia de cualquiera de los hechos descritos con anterioridad, cualquiera que sea la figura jurídica a la que correspondan, que tengan lugar fuera de territorio español.
f. El Cliente deberá notificar por escrito a la Compañía la concurrencia de cualesquiera de los hechos descritos anteriormente. En todo caso, haya mediado o no esta notificación, la Compañía, una vez tenga conocimiento de los mismos por cualquier medio, tendrá derecho, previa notificación al Cliente, y sin perjuicio de otros derechos que le correspondan en virtud del presente contrato, a adoptar todas o cualesquiera de las siguientes acciones:
(i) resolver el presente contrato.
(ii) dejar sin efecto cualquier autorización expresa o implícita para vender, utilizar o consumir cualquier bien o servicio suministrado y que no haya pasado a ser propiedad exclusiva del Cliente ("bienes reservados"). A falta de prueba , se entenderá que todos los bienes que se hallen en posesión del Cliente y que porten las marcas registradas y derechos análogos de la Compañía o nombres de la Compañía son bienes reservados.
(iii) requerir al Cliente para que entregue a la Compañía cualquier bien relevante. En caso de que el Cliente se negare a verificar la entrega, la Compañía adoptará las medidas pertinentes para la inmediata devolución de estos bienes y servicios .
(iv) vender cualquier bien reservado o cualquier otro bien a un tercero sin proporcionar aviso al Cliente acerca de la intención de la Compañía de vender;
(v) las cantidades pendientes de pago por el Cliente devengarán inmediatamente los intereses previstos en la Cláusula 3 c) del presente contrato.
(vi) suspender las entregas de bienes y servicios pendientes de ser realizadas en virtud del contrato con el Cliente;
(vii) reclamar los daños y perjuicios ocasionados a la Compañía como consecuencia del incumplimiento del Cliente.
(viii) requerir al Cliente para que indemnice a la Compañía como consecuencia de las pérdidas, daños o reclamaciones de terceros, ocasionados por cualquier cancelación de pedidos, o resistencia o negativa a la entrega, que deriven del incumplimiento del Cliente, incluyendo el pago de tasas por licencias u otros gastos análogos en que haya incurrido la Compañía en el transcurso de sus negocios destinados a la fabricación y/o suministro de los bienes y servicios, además del coste de cualquier material, planta o herramienta utilizada, o que se fuese a utilizar, para el/los pedido/s del Cliente, el coste de la mano de obra y otros gastos atribuidos principalmente a dicha cancelación.
13. Falta de renuncia
La falta de ejercicio por la Compañía de cualquiera de las facultades que le corresponden en virtud de este contrato, o la falta de reclamación puntual de los derechos que le corresponden, no implicará renuncia o dejación de los mismos, ni del resto de las previsiones del presente contrato.
14. General
a. Todas las notificaciones realizadas entre las partes del presente contrato por razón del mismo, serán realizadas por escrito y se dirigirán al domicilio que conste registrado, o en su caso al lugar donde se encuentre la sede principal de sus negocios.
b. El plazo de cumplimiento de las obligaciones que correspondan al Cliente, tiene el carácter de elemento esencial del presente contrato.
c. (i) El Cliente dispondrá, de acuerdo con lo establecido en la Ley, de una plazo de 7 días desde la recepción de los bienes y servicios, para desistir del contrato, sin penalidad alguna ( de acuerdo con el artículo 10 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista).
(ii) Sumisión de las partes a los Juzgados y Tribunales, y Ley aplicable ( de acuerdo con la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios, que establece la sumisión expresa al Juez o Tribunal del domicilio del consumidor, o del lugar de cumplimiento de la obligación). Además, tampoco cabe sumisión del contrato a un Derecho extranjero con respecto al lugar donde el consumidor emita su declaración negocial o donde el profesional desarrolle la actividad dirigida a la promoción de contratos de igual o semejante naturaleza.
(iii) Servicio técnico garantizado por la Compañía durante al plazo mínimo de 5 años desde que el producto deje de fabricarse ( artículo 12 de la ley de Ordenación del Comercio Minorista).
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